martes, 27 de octubre de 2009
Sabadell 2009
El 25 d’octubre es va celebrar a les instal·lacions de lapanxadelbou de Sabadell el “II Memorial Bernat Renom” de Tècniques de progressió vertical en el qual van prendre part vint esportistes catalans set dels quals eren debutants. A destacar Eva Sanz que amb només 7 anys acabats de fer és la participant més jove fins ara en aquest esport.
Aquest Torneig, organitzat per l’Espeleo-Club de la Unió Excursionista de Sabadell, és puntuable per la II Copa Catalana de Tècniques de Progressió Vertical.
martes, 20 de octubre de 2009
Deportistas TPV 2009
Durante los torneos y campeonatos de este año han ido surgiendo ideas, comentarios, quejas, entre los que fuimos a competir.
Después de mucho divagar y tras unas cervecitas se planteó preparar un documento recogiéndolas y que sea un reflejo de la opinión y el estado de los competidores de TPV a nivel nacional.
La idea es que llegue al máximo número de deportistas que hayan participado en campeonato nacional.
Este no es un tema político ni de color ni de federaciones ni se va a obtener nada a nivel personal, solo pensamos que la competición será mayor y mejor si se tiene en cuenta a los que participamos en ella.
Os agradecería mucho:
1. que lo hagáis llegar a vuestros otros deportistas compañeros, y/o miembros del club (sólo tengo algunas direcciones)
2. que mandéis al e-mail: deportistasTPV@hotmail.com una respuesta indicando quien sois (a nivel individual, de club, de varios compañeros, etc) y si apoyáis el documento (las propuestas están numeradas, por si hay alguna concreta con la que no estéis de acuerdo).
De este modo presentaremos el documento respaldado por un número de deportistas real.
Las intenciones son buenas y espero que así lo entendais.
Un saludo,
Ela Costa (desde Ibiza)
PROPUESTA DEPORTISTAS TPV 2009
Nacional de este año 2009, se han recogido una serie de propuestas que
rogamos sean consideradas.
1. CREACIÓN DEL REPRENTANTE DE DEPORTISTAS.
Lo que buscamos es una figura reconocida a nivel de FEE y de Comité
Competición que le dé derecho a presentar las ideas, propuestas o problemas
de deportistas de forma que se puedan solucionar.
Por ahora no se escucha (o no tiene ninguna fuerza oficial) la voz del
deportista, que es quien sufre las decisiones del despacho.
1.1. ELECCION
1. Será elegido entre todos los deportistas mayores de edad que hayan
participado al menos en un torneo puntuable para el Ranking
Nacional o en el Campeonato de España del año anterior.
2. Será deportista en activo.
3. Se propondrán candidaturas y elecciones. Sería una buena opción
que la elección del representante se puede llevar a cabo durante el
Campeonato de España que se celebra anualmente y es donde se
concentra la mayor parte de competidores.
4. Según orden de votos, existirá primer y segundo sustito, que acudirá
como representante en caso de que éste no pueda asistir a alguna
competición.
1.2. OBLIGACIONES
1. Representará a todos los deportistas nacionales.
2. Por tanto, será la voz de las opiniones generales,
independientemente de la suya propia. No hará abuso de poder para
defender sus intereses.
3. Recogerá, expondrá y defenderá a los deportistas con objetividad.
Ajustándose al reglamento vigente, a criterios técnicos, de seguridad
y deportividad.
4. Será la figura de contacto entre deportistas de TPV y entre Vocalias
de competición y FEE.
5. En las competiciones será el portavoz de los participantes.
1.3. DERECHOS
1. Será reconocido por la Federación Española.
2. Será convocado en todas las reuniones en que se trate el tema de la
competición o reglamento. (gastos pagados por la FEE)
3. Se le pagarán como mínimo los gastos para ir a las reuniones. El
gasto para ir a las competiciones podría valorarse entre los
deportistas.
4. Tendrá derecho a voz y voto.
Donde pedimos que conste esta figura?
a) En la Asamblea General
b) En el Comité de Competición
c) En la Vocalía de Competición
d) En el Nuevo Reglamento
e) ...
Creemos que de los “deportistas” que hay en la Asamblea General, debería
haber al menos un “deportista de competición o deportista de TPV” que seria el
mismo representante que se propone.
O se añade esta figura en la Asamblea o se sustituye uno de los existentes.
2. VALORACION DEL RANKING NACIONAL.
Hasta este momento el ranking no se valora en nada. No se apremia, ni
se ayuda, ni supone ningún tipo de beneficio durante la temporada ni al
final.
¿Entonces para qué existe?
Creemos que el esfuerzo y gasto de quien se desplaza y es constante
dentro de la temporada (nacional) debería potenciarse. Por ejemplo, con
trofeo al final de temporada, con alguna ayuda, podría tenerse en cuenta
para el orden de competición, o como ocurre en otros deportes, tener
derecho a ir a la final sin pasar las clasificatorias,..
3. OTRAS PROPUESTAS RELATIVAS A LA COMPETICION DESDE
PUNTO DE VISTA DE DEPORTISTAS.
3.1. Calendario continuo de la temporada (evitando espacios de meses
entre torneos nacionales). Solo beneficioso para los que tienen muchos
campeonatos dentro de su comunidad.
3.2. Debería darse a conocer al inicio de cada competición el orden de
pruebas y categorías en que se realizará. Para que cada deportista
pueda prepararse como es debido antes de competir.
3.3. Cuerdas de calentamiento obligatorias.
3.4. Si hay clasificatorias, que se hagan públicas al concluir éstas. Que con
el programa de gestión de campeonatos no es ningún problema.
3.5. En Campeonato de España, debería haber jueces de todas las
federaciones posibles, cuanta más representatividad mejor.
3.6. Probador del circuito a vista de todos los participantes antes del inicio
de pruebas.
3.7. Conocer al inicio de las pruebas la longitud y tipos de cuerda del
circuito.
3.8. En Campeonato de España, sorteo público del control de dopaje.
3.9. Hoja de impugnaciones o reclamaciones oficial, con 3 copias
(deportista, organizador y FEE) y registro de entrada o de entrega.
Porque por ahora las que no se resuelven in situ, parece que se pierden
y no tiene más repercusiones. Así aseguramos una respuesta aunque
sea posterior.
3.10. Derecho de conocer las faltas al terminar circuito. Saber en que
tramo se cometen las mismas, mediante croquis u otros métodos.
3.11. Al menos en el Campeonato de España, proyección de los
resultados a tiempo r eal, sabiendo que el programa tiene un módulo
específico para ello.
3.12. Incluir la categoría combinada, premiando asi al deportista
completo. Ya que invierte más tiempo en su entrenamiento y no compite
en igualdad de condiciones, con respecto al que lo hace en una sola
modalidad.
3.13. Incluir la figura del asistente, como miembro participante en
competición. Creemos que es un punto fundamental en las pruebas de
sinfín para la mayoría de deportistas de TPV. Así tendrían derecho
como mínimo al avituallamiento y certificado de asistencia como otros
deportistas. Y por ejemplo, acceder a ayudas de su comunidad,
federación, club, ayuntamiento… que ahora no le dan por no ser
demostrable.
3.14. Todo el material que se utilice en la competición, tanto material
personal c omo el material de instalación debería tenga marcado CE y
UIAA.
3.15. La progresión por cuerda debería estar más controlada evitando
movimientos bruscos, saltos, descensos incontrolados, etc que pro
seguridad no tienen lugar en la práctica de la espeleología.
3.16. Las instalaciones de competición deben ser 5 estrellas y estar
supervisadas por un técnic o (no un juez que no es igual), sin factores
de caída, pasamanos con un solo punto de anclaje en cabecera,etc.
3.17. Por seguridad, progresión de pasamanos con dos cabos de
anclaje.
3.18. Calendario oficial de las Pruebas del Ranking Nacional que pueda
descargarse en la web. Es un documento que piden seguro a cualquier
deportista para pedir ayudas.
3.19. Que en la página de la FEE mantengan la información o los
trípticos de las competiciones hasta finalizada la temporada. Y se
mantengan los resultados del Campeonato de España de otros años.
(Ahora solo figuran los rankings de años anteriores).
Y, por último, el reglamento debe cumplirse en cada competición si
excepciones. Este año ha habido un seguimiento por miembros de la
vocalía de competiciones para intentar homogenenizar los torneos. Los
resultados han sido varios.
Creemos que es un paso y animamos a quien corresponda que todas las
pruebas del Campeonato de España cumplan los mismos criterios y quien
no quiera, que no forme parte del ranking nacional o que se penalice de
algún modo. No implica que desde la FEE te digan cómo tienes que hacer,
pero si cerciorarse que cumplen la normativa.
Por ejemplo, facilitaría el que antes de la competición, con tiempo
suficiente para ser revisado, s e mande un esquema exacto por parte del
organizador de tal y como será toda la instalación (tipos de anclajes,
distancias, medidas,…) tanto del circuito como los sinfines.
jueves, 15 de octubre de 2009
V campeonato de Valencia
El cap de setmana del 10 i 11 d’octubre es va celebrar a València el V Campionat d’Espanya de Tècniques de Progressió Vertical en el qual va participar la Selecció Catalana de la Federació Catalana d’Espeleologia, integrada aquest cop per dotze esportistes.
La competició es va dur a terme al pavelló de Malva Rosa durant tot el cap de setmana. El dissabte al matí es van disputar les proves de velocitat on només els veterans van aconseguir pujar al podi. Pel que fa a la categoria Veterans A, Pere Rodríguez i Manel Llenas van aconseguir la medalla de plata i bronze respectivament.
A les proves de resistència, un cop més, els catalans de la categoria Veterans A van ser protagonistes ja que van aconseguir els tres podis; Pere Rodríguez va ser Campió d’Espanya al emprar tan sols un temps de 8’ 23’’ per pujar els 120 metres, mentre que Andrés Lechuga i Manel Llenas van aconseguir la medalla de plata i bronze respectivament.
Finalment el diumenge es van disputar les proves de circuit que és la prova més vistosa i en la que els seleccionats catalans sempre han estat uns veritables especialistes. En categoria juvenil Marc Martínez es va quedar a tan sols 0,04 punts d’aconseguir la medalla de bronze mentre que en categoria absoluta Jonatan Ruíz hauria aconseguit una medalla de no ser per una maniobra errònia al final de la prova li va costar el podi. Els veterans en canvi un cop més van arrasar en el podi. Pel que fa als veterans A masculins un cop més les tres medalles van ser per Catalunya; Manel Llenas va ser campió d’Espanya, Pere Rodríguez plata i Andrés Lechuga bronze. Pel que fa als Veteranes B femení, Pepi Jiménez va aconseguir la plata, mentre que en Veterans B masculí Francesc Poyatos va aconseguir la segona posició i Ignasi Yzaguirre un disputat tercer lloc.
La propera competició a la que prendran part els esportistes catalans serà el 25 d’octubre a Sabadell en competició de rànquing Català, puntuable per a la Copa de la Federació Catalana d’Espeleologia.
jueves, 8 de octubre de 2009
Reinas en la cuerda
El pequeño mundo de la espeleología en España tiene a tres ibicencas entre sus mejores exponentes. Ela Costa, Sonia Riera —que desde el pasado mes de junio tiene el récord de España de velocidad— y Vanesa Ramón afrontan el campeonato de España con la ilusión de mejorar.
Valencia acogerá el próximo fin de semana el Campeonato de España de progresión vertical, nombre que recibe la práctica deportiva de la espeleología en espacios artificiales. Ela Costa, Sonia Riera y Vanesa Ramón acudirán a est cita, que ha sido retrasada una semana de forma urgente por problemas con la instalación. Algunos competidores pitiusos han renunciado a viajar por que la nueva fecha no les va bien. Tal es el caso de Beatriz Payá.
viernes, 2 de octubre de 2009
Sustancias prohibidas
Lista de sustancias y grupos farmacológicos prohibidos y de métodos no reglamentarios de dopaje en el deporte
Esta lista de sustancias dopantes tiene carácter informativo, nunca oficial. Puede estar sujeta a modificaciones sin que aquí se reflejen estas. La lista oficial se puede obtener de la web del Consejo Superior de Deportes.
CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES
La Ley 10/1990, de 15 de octubre (RCL 1990\2123 y RCL 1991\1816), del Deporte, en su artículo 56.1 asigna al Consejo Superior de Deportes la competencia de elaborar listas de sustancias y grupos farmacológicos prohibidos y de determinar los métodos no reglamentarios destinados a aumentar artificialmente las capacidades físicas de los deportistas o a modificar los resultados de las competiciones. Y todo ello de conformidad con lo dispuesto en los Convenios Internacionales suscritos por España y teniendo en cuenta otros instrumentos de este ámbito.
En consecuencia, por Resolución de 16 de marzo de 1998 (RCL 1998\832), del Consejo Superior de Deportes, este organismo determinó, en el anexo de dicha Resolución, la lista de sustancias y grupos farmacológicos prohibidos y los métodos no reglamentarios de dopaje, de aplicación, en las competiciones deportivas de ámbito estatal o fuera de ellas, a los deportistas con licencia para participar en dichas competiciones.
Habiendo surgido la necesidad de modificar dicha lista con el fin de adecuarla a las circunstancias y conocimientos actuales, este Consejo Superior de Deportes ha resuelto determinar una nueva lista, de aplicación en el mismo ámbito que la anterior, y que se encuentra contenida en el anexo de la presente Resolución.
LISTA DE SUSTANCIAS Y GRUPOS FARMACOLÓGICOS PROHIBIDOS Y DE MÉTODOS NO REGLAMENTARIOS DE DOPAJE EN EL DEPORTE
A efectos de la Ley 10/1990, del Deporte, se consideran prohibidos las siguientes
sustancias, grupos farmacológicos, métodos de dopaje y manipulaciones:
SECCIÓN I
I.1. Sustancias y grupos farmacológicos.
I.1.1. Estimulantes (tipo A).
I.1.2. Analgésicos narcóticos.
I.1.3. Anestésicos locales.
I.1.4. Cannabis y sus derivados.
I.1.5. Alcohol.
I.1.6. Bloqueantes Pgb-adrenérgicos.
SECCIÓN II
II.1. Sustancias y grupos farmacológicos.
II.1.1. Estimulantes (tipo B).
II.1.2. Anabolizantes.
II.1.2.1. Esteroides anabolizantes androgénicos.
II.1.2.1.1. Esteroides anabolizantes androgénicos (tipo A).
II.1.2.1.2. Esteroides anabolizantes androgénicos (tipo B).
II.1.2.2. Otras sustancias con actividad anabolizante.
II.1.3. Hormonas peptídicas, sustancias miméticas y análogos.
II.1.4. Corticosteroides.
SECCIÓN III
III.1. Métodos de dopaje.
III.1.1. Dopaje sanguíneo.
III.2. Manipulaciones farmacológicas, físicas y/o químicas.
SECCIÓN I
I.1. Sustancias y grupos farmacológicos.
I.1.1. Estimulantes (tipo A). El grupo farmacológico «Estimulantes (tipo A)» está integrado por cualquier sustancia cuya acción y/o efecto farmacológico sea igual o similar al de alguno de los siguientes fármacos:
Bambuterol.
Clenbuterol.
Fenoterol.
Formoterol.
Reproterol.
Salbutamol.
Salmeterol.
Terbutalina.
II.2.3. Hormonas peptídicas, sustancias miméticas y análogos. El grupo farmacológico «Hormonas peptídicas, sustancias miméticas y análogos» está integrado por cualquier sustancia cuya acción y/o efecto farmacológico sea igual o similar al de alguno de los siguientes fármacos indicados como ejemplo y al de sus análogos y miméticos:
a) Gonadotrofina coriónica (hCG).
b) Gonadotrofinas de origen hipofisiario o sintéticas (LH).
c) Corticotrofinas (ACTH, Tetracosáctido).
d) Hormona del crecimiento (hGH).
e) Somatomedina C (IGF-1) y todos sus respectivos factores liberadores.
f) Eritropoyetina (Epoetina alfa, EPO).
g) Insulina (1).
(1) Se permite el uso de insulina sólo en el tratamiento de diabetes insulino-dependientes. Cuando concurra esta circunstancia, el Médico responsable del deportista deberá comunicarlo, previamente a la competición y por escrito, a la Comisión Médica o Antidopaje Federativa correspondiente, adjuntando el certificado correspondiente emitido por un Médico Especialista.
Nota: Para las hormonas endógenas, un resultado se considerará positivo cuando sus concentraciones urinarias, o las de sus indicadores de diagnosis, en la muestra, sean anormales, y esté incuestionablemente documentado que ello no se debe a causas fisiológicas o patológicas.
II.1.4. Corticosteroides. El grupo farmacológico «Corticosteroides»está integrado por cualquier sustancia cuya acción y/o efecto farmacológico sea igual o similar al ejercido por alguno de los siguientes fármacos:
Beclometasona.
Betametasona.
Cortisona.
Dexametasona.
Fludrocortisona.
Fluocinolona.
Hidrocortisona.
Metilprednisolona.
Parametasona.
Prednisolona.
Prednisona.
Triamcinolona.
Está prohibido el uso sistémico de corticosteroides. Sin embargo, se autoriza su uso:
a) en aplicaciones locales (vías anal, auditiva, dermatológica, nasal y oftalmológica, pero no rectal);
b) en inhalación, y
c) en inyecciones locales e intra-articulares.
Cuando el Médico responsable del deportista considere que está médicamente justificada la administración de corticosteroides en las condiciones autorizadas, deberá comunicarlo, previamente a la competición y por escrito, a la Comisión Médica o Antidopaje Federativa correspondiente, indicando el diagnóstico, tratamiento, método de aplicación y dosis a emplear, entregando al deportista una copia que éste deberá conservar.
Además, si el deportista es seleccionado para pasar un control de dopaje, deberá declarar en el acta de recogida de muestras el uso del medicamento que contenga el corticosteroide prescrito y la forma, de entre las permitidas, de utilización.
SECCION III
III.1. Métodos de dopaje.
III.1.1. Dopaje sanguíneo. Se define como dopaje sanguíneo la administración de sangre, de transportadores artificiales de oxígeno o de productos sanguíneos que contengan hematíes.
III.2. Manipulaciones farmacológicas, físicas y/o químicas.
Se consideran manipulaciones farmacológicas, físicas y/o químicas, sin limitaciones:
Cateterización y/o sondaje vesical.
Sustitución y/o alteración de la orina.
Inhibición de la secreción renal mediante la probenecida u otras sustancias con acción y/o efecto farmacológico similares.
Alteración de las medidas realizadas sobre la testosterona y la epitestosterona mediante la administración de epitestosterona (1), bromantán u otras sustancias con acción y/o efecto farmacológico similares.
Utilización de diuréticos.
Se considera suficiente para considerar realizada una manipulación que una sustancia o método se haya utilizado o se haya intentado utilizar, independientemente del éxito o el fracaso de dicha utilización.
El grupo farmacológico «Diuréticos» está integrado por cualquier sustancia cuya acción y/o efecto farmacológico sea igual o similar al de alguno de los siguientes fármacos:
Acetazolamida.
Acido etacrínico.
Altizida.
Amilorida.
Bendroflumetiazida.
Benztiazida.
Bumetanida.
Canrenona.
Ciclotiazida.
Clopamida.
Clormerodrina.
Clortalidona.
Diclofenamida.
Espironolactona.
Etozolina.
Furosemida.
Hidroclorotiazida.
Indapamida.
Isosorbida.
Manitol (2).
Mebutizida.
Mersalil.
Metolazona.
Piretanida.
Teclotiazida.
Torasemida.
Triamtereno.
Triclormetiazida.
Trometamol (3).
Xipamida.
(1) La concentración de epitestosterona urinaria permitida es igual o inferior a 200 ng/ml. En el caso de medirse una concentración urinaria superior de esta sustancia, deberán realizarse las actuaciones establecidas en (1) de II.1.2.1.2.
(2) Se autoriza el uso del manitol cuando este principio activo figure como excipiente en la composición del medicamento a utilizar, prohibiéndose sólo si se administra por inyección intravenosa.
(3) Se autoriza el uso del trometamol en vías oral, intramuscular o intravenosa cuando dicho principio activo figure como excipiente en la composición del medicamento o unido a otro principio activo en forma